La FAECyS y los delegados de la Cámaras empresarias, acordaron pasar la conmemoración del Día del Empleado de Comercio al lunes 29 de septiembre.
Los empleados de comercio no deben prestar tareas ese día, equiparándolo a un feriado nacional. En caso de que trabajen, el empleador debe abonar la jornada con un recargo del 100%, es decir, el doble de la remuneración habitual.