El Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Economía dictaron la Resolución Conjunta 1/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, que actualizó de manera integral el funcionamiento del Programa “Puente al Empleo”, con la finalidad de fortalecer la transición del asistencialismo al empleo registrado, mediante incentivos para las empresas que contraten beneficiarios de programas sociales.
Nuevos programas incorporados al esquema de beneficios
Entre las principales modificaciones, se definieron los nuevos programas que formarán parte del esquema de compatibilidad con los beneficios del “Puente al Empleo”.
Quedan oficialmente integrados:
- El Programa Volver al Trabajo, que reemplaza al anterior “Potenciar Trabajo”, orientado al desarrollo de competencias sociolaborales y al aumento de la empleabilidad.
- El Programa de Acompañamiento Social, enfocado en la inclusión y fortalecimiento de núcleos familiares en situación de vulnerabilidad.
- El Programa de Inserción Laboral y el Programa Fomentar Empleo, que refuerzan la articulación entre capacitación, acompañamiento y oportunidades de empleo formal.
Extensión del período de vigencia
Otra modificación clave es la extensión del plazo de contrataciones alcanzadas. Originalmente previsto hasta octubre de 2024, el Gobierno decidió prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, habilitando así a nuevos empleadores a acceder a los beneficios dispuestos por el Decreto 551/2022.
Incentivos para empleadores: reducción de cargas y asignaciones imputables
Las empresas que incorporen trabajadores beneficiarios de los programas reconocidos y registren un incremento en su nómina podrán obtener:
- Reducción del 100% de las contribuciones patronales a determinados subsistemas de la seguridad social durante los primeros doce meses del vínculo laboral.
- Imputación de asignaciones sociales al salario, lo que significa que el monto del beneficio social se considera parte del sueldo y el empleador solo debe abonar la diferencia restante.
Protección al trabajador y control del sistema
En caso de que la relación laboral se interrumpa dentro del período de aplicación del programa, el empleado podrá retomar la percepción de las asignaciones sociales, siempre que no haya superado los 12 meses de aportes al sistema previsional.
Por otra parte, si el período trabajado fue de entre 8 y 12 meses, se ofrecerá la opción de continuar en el programa de origen o de acceder a la prestación por desempleo.
Mecanismos de adhesión y fiscalización
Los empleadores interesados deberán adherirse al programa a través de la plataforma oficial Portal Empleo o en las delegaciones territoriales habilitadas.
Las asignaciones imputadas al salario se gestionarán mediante el Programa de Inserción Laboral, administrado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Asimismo, la normativa prevé cruces obligatorios de datos entre organismos, con el fin de verificar el alta y baja de beneficiarios, evitar superposiciones y garantizar el uso adecuado de los recursos estatales.